lunes, diciembre 1, 2025
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Nuevos tipos en el Impuesto de Sociedades desde enero: cuánto pagarán las pymes según su facturación

A partir de enero de 2026, las pequeñas y medianas empresas españolas verán modificados los tipos que deben aplicar en el Impuesto sobre Sociedades, tanto en sus pagos fraccionados como en la declaración anual. El Ministerio de Hacienda activa así la segunda fase de una reforma fiscal progresiva que distinguirá entre pymes y microempresas, en función de su nivel de facturación.

Una reforma fiscal que beneficia a los más pequeños

La medida nace del compromiso del Gobierno con una supuesta “justicia fiscal”, pero también de la necesidad de reactivar el tejido productivo tras años de presión tributaria asfixiante. Esta es la primera vez que se introduce formalmente el concepto de micropyme en la legislación fiscal, diferenciando a las empresas que facturan menos de un millón de euros anuales.

Según lo previsto en la reforma aprobada a finales de 2024, los nuevos tipos que se aplicarán en el Impuesto de Sociedades a partir del próximo ejercicio serán más bajos para las empresas con menor volumen de ingresos. Y no solo eso: los tipos seguirán bajando de forma progresiva hasta 2029.

Tipos que pagarán las pymes en 2026

Para microempresas (facturación inferior a 1 millón de euros):

  • Por los primeros 50 000 euros de base imponible: 19 %.
  • Por el resto hasta el millón: 21 %.

Para pymes (facturación entre 1 y 10 millones de euros):

  • Tipo general reducido: 23 %.

Estas tarifas se aplicarán tanto en la declaración anual del Impuesto de Sociedades de 2026, como en los pagos fraccionados trimestrales de abril, octubre y diciembre.

Calendario de reducción fiscal hasta 2029

La reforma contempla rebajas escalonadas durante los próximos años:

Para microempresas:

  • 2027: 17 % hasta 50 000 €, y 20 % para el resto.
  • 2028: 16 % hasta 50 000 €, y 19 % para el resto.
  • 2029: 15 % hasta 50 000 €, y 18 % para el resto.

Para pymes:

  • 2027: 22 %.
  • 2028: 21 %.
  • 2029: 20 %.

Se trata de una rebaja histórica que —si se ejecuta correctamente— podría aliviar la carga fiscal de miles de pequeñas empresas y mejorar su competitividad a medio plazo.

Otras rebajas fiscales aún vigentes

Además, continúa activa la reducción al 15 % para empresas emergentes y startups, tal como recoge la Ley 28/2022. Esta reducción se aplica:

  • Durante el primer ejercicio con beneficios y los tres siguientes, siempre que cumplan con criterios de innovación y riesgo tecnológico.
  • No podrán acceder a este beneficio las empresas que continúen una actividad anterior o cuando alguno de los socios haya desarrollado esa misma actividad previamente de forma individual y con más del 50 % de participación.

¿Qué deben hacer ahora las pymes?

Este nuevo escenario exige a las pequeñas empresas una revisión profunda de su estructura fiscal. Para beneficiarse de los nuevos tipos:

  • Deben verificar su nivel de facturación para determinar si califican como micropyme o pyme.
  • Planificar adecuadamente los pagos fraccionados de 2026 según los nuevos tramos.
  • Contar con un asesor fiscal de confianza que ayude a aplicar correctamente estas reducciones y optimizar la carga impositiva.

¿Alivio fiscal real o maquillaje electoral?

Aunque la medida representa un respiro tributario esperado, cabe preguntarse si estas rebajas son suficientes frente al conjunto de cargas que soportan los pequeños negocios: cotizaciones, IVA, IRPF, costes laborales, energía, burocracia…

Lo cierto es que esta reducción en el Impuesto de Sociedades llega tarde para muchas empresas que ya han cerrado o que se encuentran al borde del colapso. Aun así, si se gestiona con inteligencia, puede traducirse en inversión, creación de empleo y estabilidad para el tejido empresarial más castigado.

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