miércoles, febrero 18, 2026
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Nueva ley laboral tras el colapso ferroviario: Díaz afirma que las pymes no podrán sancionar retrasos causados por los trenes

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, aseguró en el Congreso que el Real Decreto-ley 1/2026 protege a los trabajadores que lleguen tarde por culpa de retrasos ferroviarios, garantizando que ninguna empresa podrá sancionarlos ni tomar represalias. Sus palabras, sin embargo, han generado incertidumbre real entre autónomos y pymes, que temen quedar atrapados entre la protección laboral y la necesidad de mantener la operatividad de sus negocios.

Díaz afirma que la nueva ley impide sancionar a empleados que lleguen tarde por culpa de los trenes, pero expertos advierten: las pymes aún pueden descontar salario y aplicar disciplina si hay reiteración.


El origen del debate: el colapso ferroviario y la presión política

El 11 de febrero, en pleno debate parlamentario sobre el caos en Rodalies, el diputado de ERC Jordy Salvador exigió “cero castigo” para los trabajadores afectados por retrasos ferroviarios. Denunció que muchos acumulan avisos disciplinarios por culpa de fallos del transporte público.

En respuesta, Díaz aseguró que el Real Decreto-ley 1/2026 obliga a Renfe a certificar retrasos y garantiza legalmente que ningún trabajador pueda ser sancionado ni represaliado si su impuntualidad se debe a un colapso ferroviario. Lo llamó “garantía de indemnidad”, asegurando que está ya recogida en el BOE.

Pero la interpretación de Díaz ha generado dudas:
¿Realmente la ley impide sancionar cualquier retraso?
¿O sigue siendo necesario analizar la culpabilidad, la reiteración y el impacto en el negocio?


Qué implica realmente el Real Decreto-ley 1/2026

Los juristas consultados coinciden: la norma introduce avances, pero no elimina todas las obligaciones del trabajador ni el poder disciplinario empresarial.

1. Renfe deberá certificar los retrasos

  • La certificación sirve como prueba objetiva de que el retraso no es imputable al trabajador.
  • No elimina el análisis posterior, pero dificulta la imposición de sanciones por retrasos aislados y justificados.

2. La “garantía de indemnidad” no significa impunidad absoluta

Esta figura ya existía en el derecho laboral: impide represalias cuando el empleado ejerce un derecho.
Aplicada a los retrasos ferroviarios implica que:

  • No puede haber sanciones si la causa es ajena al trabajador y está acreditada.
  • Pero sí puede haber disciplina si existe reiteración injustificada, abuso o impacto grave en el negocio.

Es decir, el mensaje político simplifica una realidad jurídica más compleja.


¿Qué pueden hacer realmente autónomos y pymes cuando un empleado llega tarde?

Los expertos recuerdan que el marco legal sigue otorgando herramientas a los empleadores, aunque con límites claros.

✔ Sí se puede descontar salario por el tiempo no trabajado

El abogado laboralista Alejandro Alonso (RSM) lo explica:

La certificación de Renfe sirve para justificar el motivo, pero no obliga al empresario a pagar el tiempo no trabajado.

✔ Las horas no se pueden recuperar automáticamente

  • La recuperación depende del convenio colectivo o acuerdos internos.
  • El trabajador no puede decidir unilateralmente prolongar su jornada para compensar.

✔ Solo hay sanciones si hay reiteración injustificada

Si los retrasos se repiten y no existe causa válida, la empresa sí puede:

  • Emitir advertencias,
  • Imponer sanciones graduales,
  • Llegar al despido disciplinario si existe perjuicio grave.

Todo debe basarse en trazabilidad: avisos, advertencias y un historial que demuestre incumplimiento.


Los riesgos para autónomos y pymes: improcedencia y nulidad

Un despido basado en retrasos puede ser declarado:

  • Improcedente, si no se prueba culpabilidad o reiteración.
  • Nulo, si se interpreta como represalia por una causa ajena al trabajador, especialmente si existe certificación oficial del transporte.

Esto coloca a los autónomos en un terreno delicado: deben documentar exhaustivamente cada incidencia para evitar consecuencias legales.


Una ley útil, pero presentada con un mensaje confuso

El Gobierno asegura que protege a los trabajadores ante un sistema ferroviario que colapsa cada vez con más frecuencia, especialmente en Cataluña.
Pero la realidad jurídica es más equilibrada:

  • No hay “barra libre” para llegar tarde.
  • Los empresarios mantienen facultades disciplinarias.
  • La clave es la justificación y la reiteración, no la mera existencia del retraso.

De nuevo, las declaraciones políticas generan una visión simplificada que no coincide plenamente con la letra de la ley.


Conclusión: ¿protección laboral o gesto político ante el caos ferroviario?

La nueva normativa ofrece garantías razonables, pero no convierte los retrasos en un derecho ilimitado.
La cuestión es si el Gobierno está usando la ley para cubrir políticamente el colapso ferroviario, trasladando la responsabilidad a pymes y autónomos, o si realmente busca un equilibrio justo.

¿Es esta una ley para proteger al trabajador… o para salvar al Ejecutivo del desgaste por el fracaso del sistema ferroviario?

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