jueves, octubre 2, 2025
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Esto cobrarán los autónomos si se dan de baja por enfermedad o accidente en 2025

Los trabajadores por cuenta propia podrán cobrar entre el 60 % y el 75 % de su base de cotización en caso de baja médica. La clave: cuánto cotizas, eso recibes.

Baja médica para autónomos: cifras reales en 2025

Con el sistema de cotización por ingresos reales en vigor desde 2023, los autónomos deben tener muy claro cuánto cobrarían si sufren una enfermedad o accidente. En 2025, la cuantía dependerá directamente de su base de cotización y del tipo de baja:

  • Enfermedad común o accidente no laboral:
    • Del día 4 al 20: 60 % de la base
    • A partir del día 21: 75 % de la base
  • Accidente laboral o enfermedad profesional:
    • Desde el día siguiente a la baja: 75 % de la base de cotización

Requisitos para cobrar la baja

  • Haber cotizado al menos 12 meses.
  • Estar al corriente de pagos con la Seguridad Social.

La prestación está condicionada a las bases declaradas en el último año, que se ajustan a los rendimientos netos (ingresos – gastos deducibles – 7 % en concepto de gastos no justificables).

¿Cómo calcular lo que cobrarás?

El cálculo es simple: si cotizas, por ejemplo, 1 200 euros al mes, cobrarás:

  • 720 euros (60 %) en enfermedad común (día 4 a 20)
  • 900 euros (75 %) a partir del día 21
  • 900 euros desde el día 2 si se trata de un accidente laboral

Realidad crítica: solo el 5 % de autónomos accede a la baja

Aunque tienen derecho, sólo un 5 % de los autónomos cobra la baja médica. ¿Por qué? Porque muchos no cotizan lo suficiente o prefieren no ausentarse del negocio. Además, el coste del absentismo laboral por incapacidad ya supera los 81 000 millones de euros, afectando gravemente a pymes y trabajadores por cuenta propia.

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