jueves, octubre 2, 2025
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Hacienda podrá fijar libremente el IVA al autónomo si aplica mal las facturas simplificadas

Una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) avala que la Administración pueda estimar la cuota cuando el trabajador por cuenta propia facture con un tipo erróneo.

Hacienda podrá fijar libremente el IVA al autónomo

Una nueva sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha sentado un precedente que afecta directamente a los autónomos y pequeños empresarios en España: si se aplica mal el IVA en facturas simplificadas, Hacienda podrá determinar libremente cuánto debió recaudar el profesional mediante una estimación propia.

El fallo responde a un caso en el que una empresa que gestionaba un área de juegos aplicó un gravamen del 20% en lugar del 13% en miles de facturas simplificadas emitidas a consumidores finales. Tras intentar rectificarlas posteriormente, la Administración Tributaria denegó la corrección, alegando la imposibilidad de identificar a los clientes y devolverles el exceso cobrado.

La estimación como herramienta de Hacienda

El TJUE avala que, en estas circunstancias, la Agencia Tributaria pueda recurrir a la estimación indirecta, un método ya utilizado en IRPF cuando los contribuyentes no aportan información suficiente o incumplen con sus obligaciones registrales y contables.

Sandra Hernanz, abogada especializada en derecho tributario, explicó que este escenario es análogo al que ocurre en renta:

Con este recurso, la Agencia Tributaria podrá basarse en datos estadísticos, estudios sectoriales, ejercicios anteriores o índices económicos para calcular la deuda pendiente del autónomo o empresario.

¿Quiénes emiten facturas simplificadas?

La normativa permite emitir facturas simplificadas en operaciones con importe inferior a 400 euros (o hasta 3.000 euros en supuestos concretos). Entre los sectores más habituales se encuentran:

  • Bares, restaurantes y hostelería.
  • Peluquerías e institutos de belleza.
  • Transporte de personas y equipajes.
  • Comercios minoristas.
  • Salas de baile y discotecas.
  • Tintorerías y lavanderías.
  • Aparcamientos y servicios deportivos.
  • Fotografía y revelado.

El fallo del TJUE confirma que, cuando exista un error sistemático en estas facturas y no se puedan corregir, Hacienda tiene carta blanca para fijar el tipo impositivo aplicable y calcular la recaudación correspondiente.

Una decisión que podría tener gran impacto en miles de autónomos y pequeñas empresas que dependen de este tipo de facturación en su día a día.

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